Economía
SII extiende plazo hasta el 02 de enero para la exigencia de inicio de actividades de entidades obligadas
A pesar de las dificultades planteas, la región de Coquimbo aparece destacada entre los mayores aumentos de inicios registrados a nivel país, donde aparece la región de Magallanes y la Antártica chilena, con un 50%; Arica y Parinacota, con un 49%; Coquimbo, con un 40, 7%, y Valparaíso, con un 36%.

Medida se adopta tras las complejidades planteadas por organismos como marketplaces y proveedores de medios de pago, destacando las dificultades tecnológicas y operativas que están
enfrentando para la adecuación de sus sistemas a esta obligación.
A pesar de las dificultades planteas, la región de Coquimbo aparece destacada entre los mayores aumentos de inicios registrados a nivel país, donde aparece la región de Magallanes y la Antártica chilena, con un 50%; Arica y Parinacota, con un 49%; Coquimbo, con un 40, 7%, y Valparaíso, con un 36%.
Con el objeto de facilitar la correcta implementación de la obligación establecida en la Ley de
Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, para plataformas de intermediación
(marketplaces), administradores de medios de pago electrónicos, organismos de la
administración del Estado, municipios, gobiernos regionales y bancos comerciales de exigir la
acreditación del Inicio de Actividades para autorizar el desarrollo de una actividad económica,
prestar servicios o intermediar operaciones con terceros, el Servicio de Impuestos Internos
determinó ampliar el plazo para su puesta en marcha, extendiéndolo desde el 1° de octubre de
2025 al 2 de enero de 2026.
El director regional del SII, Rómulo Gómez Sepúlveda, explicó que “esta obligación tiene un
impacto en distintos actores, públicos y privados, por lo que, como servicio, hemos estado
trabajando en resolver sus inquietudes y entregarles información y herramientas, para que se
implemente de la mejor forma posible. Estos organismos nos han planteado las dificultades
que están enfrentando, por ejemplo, respecto de la adaptación de sus sistemas tecnológicos,
por lo que definimos esta ampliación del plazo, porque lo que nos interesa es que su puesta en
marcha se realice de la mejor forma posible y de manera coordinada con todos los actores
involucrados”.
Con este objeto, el SII ya puso a disposición de los organismos para los que rige esta obligación, la posibilidad de acceder a la interfaz de programación de aplicaciones (API), que
les permitirá consultar en línea el estado de inicio de actividades de los contribuyentes que
operan directamente con ellos, para verificar el cumplimiento de esta exigencia.
A la fecha ya han solicitado acceso a este sistema 20 empresas, en las que se incluyen marketplaces, proveedores de medios de pago y bancos.
Formalización
Para quienes deben formalizarse, desde el 1 de octubre, el Servicio habilitará en su sitio web,
un sistema simplificado (Mi Negocio Cumple) que les permitirá a las personas iniciar actividades sin tener que adjuntar documentos, además de entregarles la opción de cumplir en
un solo lugar sus principales obligaciones tributarias: emisión de boletas de honorarios o
boletas de ventas y servicios, así como la propuesta y pago de sus impuestos mensuales.
De manera complementaria, el SII ha desarrollado más de 70 actividades de capacitación dirigidas a servicios públicos del país, además de ofrecer la opción de capacitación virtual, a
través de Capacita.sii.cl (donde están disponibles cursos y charlas sobre formalización) y el
canal del SII en YouTube (con información sobre pasos para formalizar un emprendimiento,
Microempresa Familiar y Tasaciones de Actividades Esporádicas).
Rómulo Gómez, director regional La Serena, hizo un llamado a los proveedores de medios de
pago, marketplaces, bancos, municipios, gobiernos regionales y servicios de la administración
del Estado, a “aprovechar este tiempo adicional y las herramientas que les está ofreciendo el
SII, para tomar todas las medidas necesarias que les permitan cumplir adecuadamente con
esta obligación a partir del 2 de enero. Por nuestra parte, estamos preparados y disponibles
para responder a sus inquietudes y seguir acompañándolos en este proceso”.
En esta línea, el director regional recordó el trabajo desplegado en los últimos meses para
asegurar la correcta implementación de esta obligación legal, “el que ha incluido diversas
reuniones dirigidas a todos los actores involucrados a lo largo del país, además de la
implementación de sistemas que facilitarán el proceso para las instituciones y los
contribuyentes, promoviendo el cumplimiento del inicio de actividades en forma progresiva.
Este acompañamiento no se detendrá hasta asegurar el correcto funcionamiento de esta
medida”.
Evolución en el inicio de actividades
Las diversas acciones desplegadas por el Servicio de Impuestos Internos con los organismos
involucrados en esta obligación han permitido registrar un aumento en la formalización de
contribuyentes en el último año.
Así, solo en los últimos 3 meses (entre junio y agosto), se registró un incremento del 23%,
comparado con el mismo período del 2024.
Si se considera solo el segundo semestre de 2024, el inicio de actividades aumentó un 13,8%,
respecto del mismo periodo anterior. La mayor alza mensual se registró en octubre, mes de la
publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, cuando se hizo el
anuncio de esta medida, con un alza del 30,8%.
Por su parte en la región de Coquimbo, solo en los últimos 3 meses (entre junio y agosto), se
registró un incremento del 40,7% comparado con el mismo período del 2024.
Así, la región de Coquimbo aparece destacada entre los mayores aumentos registrados a nivel
país, donde aparece la región de Magallanes y la Antártica chilena, con un 50%; Arica y
Parinacota, con un 49%; Coquimbo, con un 40, 7%, y Valparaíso, con un 36%.
¿Quiénes deben exigir inicio de actividades?
Todos los órganos de la administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades
deben exigirlo a quienes requieran una autorización para desarrollar una actividad
económica, incorporándolo como requisito.
Los administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, a quienes
contraten sus servicios para desarrollar una actividad económica.
Los operadores de plataformas digitales de intermediación, como los marketplaces, que
permitan efectuar transacciones entre terceros para la adquisición de bienes o servicios,
quienes deberán exigir el inicio de actividades a quienes ofrezcan productos o servicios a
través de sus plataformas.
Los Bancos comerciales, a los solicitantes de créditos o préstamos cuando correspondan a
una persona jurídica u otro tipo de entidad empresarial, incluido el empresario individual.
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