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Condenan a 12 años de presidio a autor de femicidio frustrado en La Serena

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a un hombre de 38 años de edad a la pena de 12 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio contra su exconviviente y madre de un hijo en común. Ilícito perpetrado en noviembre de 2022.

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Red Comunales

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a un hombre de 38 años de edad a la pena de 12 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio contra su exconviviente y madre de un hijo en común. Ilícito perpetrado en noviembre de 2022.

En fallo unánime el tribunal condenó, además, al sentenciado a las pena de 5 años y un día de presidio efectivo por el delito consumado de receptación de vehículo motorizado; 3 años y un día de presidio efectivo y multa de 10 UTM por el delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones; y un año por cada uno de los tres delitos consumados de amenazas contra personas y propiedades en relación a violencia intrafamiliar.

Una vez estimada la cantidad en la sentencia deberán cumplirse de manera efectiva, es decir, en privación de libertad, luego del cumplimiento de la condena, estará co prohibición de acercarse a la víctima por el periodo de 2 años.

En cuanto a los hechos, el tribunal acreditó, que en la madrugada del 27 de noviembre de 2022, mientras la víctima se encontraba en su domicilio en la comuna de La Serena, llegó al lugar el sentenciado, y con la intención de matarla le disparó con un arma de fuego tipo escopeta que no mantenía las autorizaciones legales para su posesión, ocasionándole la pérdida de los dedos pulgar e índice, parte del dedo medio y una lesión central de la mano.

En el lugar se encontraron en posesión del victimario, sin contar con la respectiva autorización de la autoridad competente, dos cartuchos a fogueo modificados y un cartucho con proyectil del tipo no encamisado, además de una motocicleta que había sido robada el 1 de junio del 2022 en la comuna de La Serena, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de ese vehículo. Así también,  amenazó en varias ocasiones a la victima y a su entorno más cercano.

Respecto a la decisión del tribunal, la magistrada Gallardo Labraña manifestó que “se trata del juzgamiento de varios delitos que, según la convicción a la que arribó el tribunal, obedecen a una dinámica de violencia de género en el cual el acusado era el agresor y la víctima era quien lo padeció durante un período extendido, agudizándose en el último tiempo según se logró acreditar en el juicio”.

En ese sentido, agregó que “resulta relevante destacar en esta causa, que no obstante que la víctima aparecía como retractada desde el inicio de la investigación, lo que manifestó también con su decisión de no prestar declaración en la audiencia de juicio, aquello no fue obstáculo para que pudiésemos arribar a una decisión condenatoria. Muy relevante fueron las primeras indagaciones de la Policía de Investigaciones donde tomaron declaraciones a las amigas y vecinos que no solamente informaron sobre lo ocurrido el día de los hechos, sino que también sobre el contexto previo, así como las declaraciones de familiares de la víctima que dieron luces sobre la dinámica disfuncional de violencia que padecía la afectada”.

“Esta dinámica de violencia fue la que permitió, lograr convicción en orden a la acreditación del delito de femicidio frustrado, en relación a tres de las cuatro amenazas propuestas por el Ministerio Público y también otros delitos que son anexos como el porte de arma de fuego y municiones y la receptación”, concluyó.

El tribunal sentenció al victimario además al pago de las costas y aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (femicidio frustrado y receptación); inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena (porte ilegal); y la suspensión de cargos y oficios públicos mientras dura la condena (amenazas).

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.

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