Comunales
Dirección del Trabajo fiscalizará buses interurbanos en fin de semana largo
Choferes que no cumplan con esa obligación serán suspendidos de sus turnos y deberán ser reemplazados por otros que sí hayan cumplido con sus descansos para que los buses puedan iniciar sus trayectos.
Más detalles en www.elserenense.cl

La Dirección del Trabajo (DT) anunció un programa inspectivo para verificar el cumplimiento de las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de los buses interurbanos de pasajeros debido al incremento de viajes durante este fin de semana largo debido al Feriado de Asunción de la Virgen.
El objetivo es verificar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, garantizando así la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros, así lo informó el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, en el Terminal de Buses Sur de Santiago, hasta donde llegó junto con un equipo de fiscalizadores a iniciar los controles e informar de este programa inspectivo que se aplicará en al menos 217 buses en a nivel nacional.
El director del Trabajo destacó que “en estas épocas hacemos un esfuerzo muy importante todas las instituciones fiscalizadoras para que se cumpla la seguridad y salud, tanto de las pasajeras y pasajeros, de todas las personas, pero también de los trabajadores y trabajadoras del transporte interurbano”.
En la región de Coquimbo la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Monserrat Castro, enfatizó en el cumplimiento de la normativa laboral y manifestó que “en nuestra zona se realizarán labores de fiscalización en los terminales de La Serena, Coquimbo y Ovalle, con el objetivo de verificar que los conductores inicien los recorridos con los descansos previos cumplidos para garantizar viajes seguros tanto para ellos como para los pasajeros que se trasladan en los buses durante estos días de fin de semana largo, por lo que llamamos a la precaución y cumplir siempre con la normativa laboral”.
Consideraciones importantes
Los controles estarán centrados exclusivamente en aquellos buses que realicen viajes de más de cinco horas. Para ello, en los terminales de las 16 regiones objeto del programa inspectivo los fiscalizadores subirán a las cabinas e imprimirán desde el dispositivo automatizado instalado junto al volante el comprobante de registro de jornada y descanso cumplido previamente por cada miembro de la tripulación.
Durante esta fiscalización la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.
Las denuncias pueden hacerse en el número telefónico 600 450 4000 y en la página web de la Dirección del Trabajo.
Materias fiscalizables y multas
Las materias por fiscalizar son:
• Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
• Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
• Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
• Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
• Descanso semanal compensatorio.
• Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
Las infracciones a cualquiera de estas obligaciones significará la aplicación de multas que fluctúan entre las 3 ($205.941) y las 60 ($4.118.820) Unidades Tributarias Mensuales, al valor de agosto ($68.647), dependiendo de si la empresa sancionada es micro, pequeña, mediana o grande.
Así, la escala de multas factible de aplicar es:
• Microempresa (1 a 9 trabajadores): 3 UTM ($205.941) a 5 UTM ($343.235)
• Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 6 UTM ($411.882) a 10 UTM ($686.470)
• Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 24 UTM ($1.647.528) a 40 UTM ($2.745.880)
• Gran empresa (200 y más trabajadores): 36 UTM ($2.471.292) a 60 UTM ($4.118.820)
Adicionalmente, se sancionará con entre 3 y 60 UTM si la empresa a la cual debe notificársele las multas aplicadas no ha registrado ante la DT una casilla de correo electrónico u otro medio digital a los cuales pueda enviársele notificaciones, citaciones o comunicaciones.
Suspensión de tripulantes
Los fiscalizadores podrán suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:
• No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
• El dispositivo está instalado pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
• El dispositivo está en funcionamiento pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que iban a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente con los descansos legales.
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