Educación
Sernac presentó demanda colectiva en contra del instituto Valle Central por cláusulas abusivas
El SERNAC presentó una demanda colectiva en contra del Instituto Valle Central, tras detectar una serie de cláusulas abusivas en los contratos que deben firmar los estudiantes.
El objetivo de esta acción es que la Justicia ordene a la institución de educación superior la eliminación de las cláusulas y le aplique el máximo de las multas que establece la Ley.
El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que la decisión de demandar colectivamente al Instituto Valle Central se tomó luego que la entidad no estuviera dispuesta a participar en un proceso de mediación colectiva con el Servicio.
Entre las cláusulas abusivas detectadas en los contratos del Instituto Valle Central destacan:
- Cláusulas que autorizan al Instituto a negar la entrega de certificados u otros documentos, por ejemplo, concentración de notas o certificados académicos, cuando existen deudas pendientes. En efecto, se trata de estipulaciones que frente al no pago de alguna cuota del arancel anual, privan a los estudiantes del derecho a obtener antecedentes académicos.
- Cláusulas que permiten al Instituto modificar en forma unilateral la modalidad del servicio educacional contratado, es decir, que autorizan a la institución educacional cambiar a los estudiantes que cursan programas presenciales, a cursos on line y/o semipresenciales, sin previo aviso, y sin que los estudiantes puedan aceptarlo o rechazarlo.
- Cláusulas que establecen renuncias anticipadas de derechos, en perjuicio de los estudiantes, para efectuar reclamos o ejercer cualquier acción judicial ante cualquier entidad u organismo.
- Cláusulas que permiten al instituto suspender el programa educacional, ya sea, por mora del estudiante, o en el caso de no cumplir con el mínimo de alumnos matriculados, omitiendo información relevante.
Hay que recordar que, en julio del año 2018, tras realizar un análisis de los contratos que deben firmar los estudiantes de institutos profesionales y analizando los reclamos, el SERNAC detectó que 6 entidades educacionales incluían cláusulas abusivas, instándolas a participar en una mediación colectiva, gestión extrajudicial que pretendía realizar los ajustes pertinentes, y lograr soluciones oportunas y eficientes antes de llegar a la Justicia, encontrándose con la negativa del Instituto Valle Central.
El resto de las entidades de educación superior, esto es, el Instituto Profesional Los Leones, el Instituto Profesional de Chile (IPCHILE), el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior (IPLACEX), el Instituto Profesional DUOC-UC y el Instituto Profesional AIEP aceptaron ajustar las cláusulas objetadas en el contexto de la mediación liderada por el SERNAC.
Las cláusulas abusivas están prohibidas por la Ley porque alteran el equilibrio entre las partes, causando un perjuicio al consumidor.
“La educación no es cualquier servicio pues está en juego el futuro laboral de los estudiantes. Por eso, las instituciones educacionales deben ser todavía más profesionales, lo que implica, entre otras cosas que los contratos que deben firmar los estudiantes o sus apoderados siempre deben estar ajustados a los estándares que establece la Ley del Consumidor. Una cláusula abusiva deja en desequilibrio al consumidor y lo induce a creer que la institución puede tomarse las atribuciones que declara en un contrato”, recalcó Del Villar.
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