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Empresas de telecomunicaciones deberán identificar, retirar y ordenar los cables en desuso en planes anuales
El decreto que pone en marcha el Plan de Gestión y Mantención de Redes, se publicó en el Diario Oficial el domingo 21 de septiembre, y busca mejorar la seguridad y orden en las ciudades del país.
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El decreto que pone en marcha el Plan de Gestión y Mantención de Redes, se publicó en el Diario Oficial el domingo 21 de septiembre, y busca mejorar la seguridad y orden en las ciudades del país.
“Esta es una medida largamente esperada, que le dará un mayor ordenamiento a nuestras
ciudades. El reglamento, fija obligaciones claras para los operadores de telecomunicaciones, como lo es la identificación y el ordenamiento de los cables donde las compañías deberán realizar un catastro de sus redes, para poder identificar aquellos que deben ser retirados y ordenados”, comentó de entrada la seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Alejandra Maureira.
Además, fue enfática en señalar que este es histórico puesto que “por primera vez las empresas están obligadas a hacerse cargo de sus redes en desuso, y no podrán dejarlas abandonadas en el espacio público, algo que actualmente genera que se produzcan verdaderas zonas de inseguridad por estos escombros aéreos. En lo inmediato la Subtel, comenzará la fiscalización activa de los planes que presenten las empresas de telecomunicaciones, y le haremos seguimiento a ellos”, añadió.
Es importante recalcar que el “decreto 176” además contempla planes de retiros coordinados, donde cada empresa deberá presentar planes anuales programados, las cuales deberá coordinar con autoridades regionales y comunales, con el fin de eliminar los cables en desuso.
Principales cinco medidas
Subtel deberá aprobar planes anuales de retiro de cables en desuso y ordenamiento de elementos en uso programados por las empresas de telecomunicaciones, los que deberán cumplir metas definidas por la Subsecretaría.
Los operadores estarán obligados a mantener en buen estado todos los elementos de la red, incluyendo cables, soportes y accesorios. En caso de producirse una emergencia, se establecen tiempos máximos de respuesta por parte de estos, según el tipo de emergencia. Cuando una emergencia genere afectación de personas, la respuesta deberá ser inmediata; si la emergencia afecta a bienes tendrán 30 minutos para responder, y en caso de otras afectaciones dispondrán de una hora.
El Plan de Gestión y Mantención de Líneas Aéreas y Subterráneas introduce la obligación a los operadores de telecomunicaciones, de publicar en la sección institucional de sus páginas web, los respectivos mapas de cobertura, permitiendo agilizar la solicitud de retiro u orden de las redes, sobre todo en situaciones de emergencia. Para ello las empresas deberán identificar todos los elementos de red, tanto aéreos como subterráneos y de manera georreferenciada, y entregar estos inventarios de redes en forma periódica a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Obligación de mantenimiento preventivo. Deberán llevarse a cabo revisiones periódicas y realizar las reparaciones necesarias para mantener la infraestructura en condiciones óptimas.
Lo mencionado anteriormente se complementa con la fiscalización por parte de Subtel en procesos que impliquen la compartición de infraestructura, para cuando se proyecte despliegue de redes en bienes nacionales de uso público; la verificación de infraestructura existente para ser compartida; y los retiros u ordenamientos en estado permanente (no planes anuales) solicitados, por ejemplo, por un municipio u otro organismo habilitado.
Finalmente, el comienzo de esta normativa además de permitir que mejore la imagen urbana de las ciudades, obliga a las empresas a hacerse cargo de sus “desechos”, reduciendo así riesgos de incendios, cortes eléctricos o accidentes peatonales.
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