Tribunales
Corte de La Serena confirma destitución de abogado de Contraloría Regional por uso indebido de licencia médica
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar ilegal o desproporcionado de la autoridad contralora al aplicar la máxima sanción al profesional que justificó un viaje a Brasil con la presentación de una licencia que le prescribía reposo total en su domicilio.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar ilegal o desproporcionado de la autoridad contralora al aplicar la máxima sanción al profesional que justificó un viaje a Brasil con la presentación de una licencia que le prescribía reposo total en su domicilio.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección presentado en contra de la resolución exenta, dictada por la Contraloría General de la República (CGR), que dispuso la destitución de abogado que se desempeñaba en la repartición en la Región de Coquimbo, quien infringió gravemente el principio de probidad administrativa por uso indebido de licencia médica.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Carlos Jorquera Peñaloza y el abogado (i) Gabriel Gallardo Verdugo– descartó actuar ilegal o desproporcionado de la autoridad contralora al aplicar la máxima sanción al profesional que justificó un viaje a Brasil con la presentación de una licencia que le prescribía reposo total en su domicilio.
“Las partes están de acuerdo en la efectividad de la ocurrencia del sumario en contra del actor, el que concluyó que hizo uso de una licencia médica estando fuera de Chile e iniciando un reposo durante un día en que debía estar disponible ejerciendo sus funciones (…) Producto de tales cargos el actor fue objeto de sanción, imponiéndosele la de destitución. En contra de esta decisión interpuso recursos que fueron fallados, siendo esta la decisión recurrida por esta vía constitucional”, afirma el fallo que, además, sostiene que dicha falta es grave y la sanción impuesta es una de las posibles.
La conducta calificada de grave consistió en que en octubre de 2024, el profesional adquirió pasajes a Brasil, iniciando el viaje el 30 de diciembre de 2024 regresando el 7 de enero de 2025. Luego, se comprobó que el día 30 fue un día hábil en el que el actor debía concurrir a sus funciones y, en horas de la tarde, se le extendió una licencia médica, la que ordenaba reposo total en su domicilio, lo que resultaba imposible, dada su permanencia en país extranjero, la que se extendió conforme a la original planificación del viaje.
Para el tribunal de alzada “este es el acto recurrido y emana de autoridad competente en el marco de sus facultades; aparece debidamente razonada y explica y explicita los motivos que permitieron mantener la sanción aplicada”. A su vez, se descartó la ilegalidad y arbitrariedad de la destitución impuesta por la propia Contraloría.
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