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Dirección del Trabajo fiscalizará buses interurbanos por fin de semana largo

Se verificará en todo el país que conductores inicien los recorridos con los descansos previos cumplidos para garantizar viajes seguros.

Más detalles en www.elserenense.cl

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|6 de diciembre de 2025|4 minutos de lecturaAgregar El Serenense
fiscalización
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La Dirección del Trabajo (DT) anunció un plan de fiscalización para el cumplimiento de la normativa laboral de las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de los buses interurbanos de pasajeros debido al incremento de viajes durante este fin de semana largo debido al Feriado de la Inmaculada Concepción.

El objetivo del programa inspectivo es verificar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, garantizando así la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros.

El programa inspectivo que se aplicará en al menos 217 buses en las regiones de Arica y Parinacota (10), Tarapacá (15), Antofagasta (15), Atacama (15), Coquimbo (15), Valparaíso (15), O’Higgins (10), Maule (15), Ñuble (10), Biobío (15), La Araucanía (10), Los Ríos (15), Los Lagos (15), Aysén (6), Magallanes (6) y Metropolitana (30).

Al respecto la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Monserrat Castro, explicó que “la Dirección del Trabajo fiscaliza para aportar en el cumplimiento de la seguridad vial y también en el cumplimiento estricto de la normativa laboral vigente, que son las horas máximas de conducción, que no pueden exceder las cinco horas continuas, además del derecho irrenunciable de las y los trabajadores a un descanso mínimo de ocho horas entre turnos. Estas obligaciones están establecidas por ley y deben ser respetadas por todas las empresas del transporte interurbano, ya que su incumplimiento no solo implica sanciones, sino que pone en riesgo la seguridad de los pasajeros, conductores y auxiliares”.

La Dirección del Trabajo instó a los empleadores del sector a cumplir y hacer respetar las normas laborales, y a los trabajadores vulnerados en sus derechos a denunciar al número telefónico 600 450 4000 y a la página web de la Dirección del Trabajo. 

Consideraciones importantes

Los controles estarán centrados exclusivamente en aquellos buses que realicen viajes de más de cinco horas. Para ello, en los terminales de las 16 regiones objeto del programa inspectivo los fiscalizadores subirán a las cabinas e imprimirán desde el dispositivo automatizado instalado junto al volante el comprobante de registro de jornada y descanso cumplido previamente por cada miembro de la tripulación.

Durante esta fiscalización la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.

Materias fiscalizables y multas

Las materias por fiscalizar son:

  • Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
  • Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
  • Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
  • Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
  • Descanso semanal compensatorio.
  • Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.

Las infracciones a cualquiera de estas obligaciones significará la aplicación de multas que fluctúan entre las 3 ($208.626) y las 60 ($4.172.520) Unidades Tributarias Mensuales, al valor de diciembre ($69.542), dependiendo de si la empresa sancionada es micro, pequeña, mediana o grande.

Adicionalmente, se sancionará con entre 3 y 60 UTM si la empresa a la cual debe notificársele las multas aplicadas no ha registrado ante la DT una casilla de correo electrónico u otro medio digital a los cuales pueda enviársele notificaciones, citaciones o comunicaciones.

Suspensión de tripulantes

Los fiscalizadores podrán suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:

  • No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
  • El dispositivo está instalado pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
  • El dispositivo está en funcionamiento pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.

Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que iban a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente con los descansos legales.

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