Comunales
En La Serena confirman responsabilidad de sujetos que comercializaban ilegalmente y en forma ambulante al público fuegos de artificio
La Fiscalía de La Serena, tras rendir sus medios de prueba, logró que el Tribunal Oral impusiera condenas a una pareja de sujetos sorprendidos por Carabineros el 31 de Diciembre de 2021, a las 17:30 horas aproximadamente, en calle Gregorio Cordovez con calle O`Higgins, con diversos artefactos explosivos que ofrecían en forma ambulante e ilegal al público.
La Fiscalía acusó que V.I.S.G., (mujer) y J.C.B.B., (hombre) mantenían en su poder y ofrecían al público para su venta, sin tener las autorizaciones de la Ley de Armas, la cantidad de 71 fuegos artificiales de diferentes marcas y tipos como Sky Rockets, FA Estrellitas, Saturn Missiles battery, Red Dragon, Tronadores y otros.
Tales hechos configuraron el delito consumado de posesión y venta ilegal de fuegos artificiales, previsto y sancionado en el artículo 10 inciso tercero en relación al artículo 2° letra f) de la Ley Nº 17.798 de Control de Armas y Explosivos, modificada por la Ley 21.310 de 3 de febrero de 2021.
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El fiscal jefe de La Serena, Carlos Vidal, dijo que “la fiscalía acreditó la venta de fuegos de artificio. Este ilícito era realizado en el comercio ambulante y en esa oportunidad la Sección de Investigaciones Policiales de la Primera Comisaría, SIP, de Carabineros logró la detención de los imputados, incautación de evidencia que fue periciada por el Grupo de Operaciones Especiales, Gope de Carabineros como corresponde a este tipo de objetos y el Tribunal determinó sus condenas”, dijo.
El fiscal añadió que “modificaciones legales a la ley 17.798 sobre control de armas de fuego, explosivos y elementos pirotécnicos eleva las sentencias cuando no es una simple posesión, sino la venta de estos fuegos de artificio y así se aplicó por parte del tribunal oral en lo penal”, dijo.
V.I.S.G. fue condenada a 541 días de presidio menor en grado medio, suspensión de cargos u oficios públicos por tiempo de la condena, multa 10 UTM más pago de costas de la causa por el delito de posesión y venta ilegal de fuegos artificiales.
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El Tribunal Oral, ante los requisitos legales cumplidos, más un informe psicológico favorable le concedió cumplir la sentencia con libertad vigilada intensiva, mediante un plan de intervención por el tiempo de similar a la pena. Además, está obligada a cumplir un programa formativo laboral. El tribunal advirtió que si la sentencia se le revoca o la quebranta, deberá cumplirla en forma efectiva o en forma más intensiva.
J.C.B.B. fue condenado a 600 días de presidio menor en grado medio, suspensión de cargos u oficios públicos por tiempo de la condena, multa 10 UTM más el pago de costas de la causa por el delito de posesión y venta ilegal de fuegos artificiales.
El Tribunal Oral, ante los requisitos legales cumplidos, le concedió el cumplimiento de la pena con la reclusión domiciliaria diurna por esos 600 días, controlada por Carabineros. Los jueces advirtieron que si la pena sustitutiva impuesta se le revoca o la quebranta, deberá cumplir la sentencia en forma efectiva o en forma más intensiva.
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