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Dos tercios de los concejales piden destituir al Administrador Municipal de La Serena por lo que su salida es inminente

Acusan “graves irregularidades” en el ejercicio en el cargo. Ley permite a los concejales destituir directamente si se obtienen los 2/3 de los votos. Medida será vista en sesión de concejo municipal de este miércoles.

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Red Comunales

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Acusan “graves irregularidades” en el ejercicio en el cargo. Ley permite a los concejales destituir directamente si se obtienen los 2/3 de los votos. Medida será vista en sesión de concejo municipal de este miércoles.

Siete concejales de la comuna de La Serena han solicitado a través de un escrito ingresado al municipio, la remoción del Administrador Municipal, José Moraga Lira (RN), amparándose en lo dispuesto en el artículo 24 bis de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, que permite su destitución por decisión del alcalde o por acuerdo de dos tercios del Concejo Municipal en ejercicio.

En este caso, el concejo está compuesto por 10 ediles, por lo que 7 corresponden a los 2/3 exigidos por ley.

La solicitud se sustenta en lo que califican de “graves irregularidades administrativas y conductas” que, según sostienen, “contravienen los principios de probidad y buena marcha del servicio público”.

A excepción de los concejales de RN y del Frente Amplio, el concejal Matías Espinosa (PS) confirmó que están unidos transversalmente en la remoción Cristian Marín (Radical); Rayen Pojomosky (IND-PC); Alejandro Astudillo (Republicano); Gladys Marín (PC); Teresita Prouvay (Republicano) y Luisa Jinete (UDI). Siete de diez, por lo que los 2/3 se cumplen.

Las faltas serían:

1.- Irregularidades en trato directo para el servicio de plantas de tratamiento de aguas servidas. Se aprobó un trato directo con la empresa DISPROMIN Ltda. para operar siete plantas de tratamiento rural. Sin embargo, este procedimiento vulnera la Ley Nº 19.886, que establece que la licitación pública es la norma general, permitiéndose el trato directo solo ante emergencias o situaciones imprevisibles, lo que no aplica en este caso. El vencimiento del contrato era totalmente previsible, y no se acompañó evidencia técnica que sustentara la supuesta urgencia sanitaria. Este hecho representa una grave omisión de planificación, atribuible directamente al Administrador Municipal.

2.- Irregularidades en la adjudicación del contrato. El contrato, anteriormente descrito, se adjudicó para siete plantas de tratamientos de aguas servidas, sin embargo, la propuesta
económica presentada por el proveedor consideraba solo cinco, transgrediendo los
principios de legalidad y publicidad al no cumplir con los términos definidos por el
municipio.

3.- Proceso viciado en la licitación de áreas verdes. La licitación para la mantención de
áreas verdes fue suspendida por el Tribunal de Contratación Pública debido a serias infracciones a los principios de igualdad entre oferentes, legalidad y apego a las bases. Esta suspensión ha dejado a la comuna sin servicio, situación que se atribuye a la negligencia y omisión del Administrador Municipal en la conducción del proceso.

4.-Conductas impropias e incompatibles con la función pública. Se ha documentado la
existencia de publicaciones ofensivas en redes sociales realizadas por el Administrador Municipal, con expresiones como “guatón misógino y grasoso” o “bailarina de cabaret”, lo que contraviene el deber funcionarial de mantener una conducta pública compatible con la dignidad del cargo. Además, su historial incluye una condena por conducción en estado de ebriedad y una destitución previa como concejal por faltas a la probidad, antecedentes que cuestionan severamente su idoneidad.

    “En virtud de estos antecedentes, los firmantes consideran que se ha configurado un incumplimiento grave de los deberes funcionarios, así como infracciones a los principios de probidad administrativa, legalidad y eficiencia en la gestión pública. Por tanto, estiman plenamente justificada, tanto legal como administrativamente, la remoción del Administrador Municipal de La Serena”, sostiene el escrito.

    Este acuerdo será votado en sesión del próximo Concejo, a realizarse a las 09:00 horas de este miércoles, conforme al procedimiento establecido en la normativa vigente.

    Historial de José Moraga

    “Cada persona que asumió su cargo cumple con los requisitos de ingreso en la administración pública y poseen toda mi confianza. En el caso del administrador municipal se ha desempeñado exitosamente en importantes cargos, con un gran conocimiento en el ámbito municipal, que es lo que se requiere en este periodo para enfrentar los desafíos comunales. Ha sido director de administración y finanzas, secretario de planificación y administración de corporaciones, por lo que cumple con todos los requisitos que buscamos”, precisó la alcaldesa Daniela Norambuena a El Día, el pasado 12 de diciembre, tras los cuestionamientos hacia José Moraga como administrador municipal.

    Moraga es ingeniero civil industrial y licenciado en Ciencias de la Ingeniería, con experiencia en planificación, presupuesto, control de gestión, tanto en el área pública como privada, reza en su perfil de Linkedln.

    Ligado estrechamente a la exministra vocera de Sebastián Piñera, Cecilia Pérez, Moraga fue destituido en 2012 como concejal de El Quisco tras un fallo del Tribunal Electoral de Valparaíso, por “mal uso de recursos fiscales”, tras un viaje a Europa en 2009 que no fue debidamente justificado. Además, también tiene antecedente de conducción en estado de ebriedad, en 2022 en la comuna de Algarrobo, cuando fue detenido con 1.42 gramos de alcohol por mil en sangre.

    Dos años más tarde fue sentenciada, en 2024, la suspensión condicional del procedimiento por dos años, periodo por el cual debiese estar cumpliendo con firma mensual en Carabineros de El Quisco, realizar una donación de $40.000 a los bomberos de Algarrobo y la suspensión de su licencia de conducir.

    Qué dice la ley 18.695

    De acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 24 bis, “el administrador municipal podrá ser removido, sin expresión de causa, con acuerdo de los dos tercios de los miembros en ejercicio del Concejo, sin perjuicio de las causales de cese de funciones aplicables a los funcionarios municipales de acuerdo con el estatuto administrativo de los funcionarios municipales.

    ¿Qué funciones cumple un administrador municipal?

    Según la misma ley, al administrador municipal le corresponderá:

    a) Ejecutar tareas de coordinación de todas las unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del alcalde;

    b) Velar por el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la municipalidad, y

    c) Ejercer las atribuciones que le delegue el alcalde, en conformidad con esta ley, y las demás funciones que se le encomienden de acuerdo con el reglamento interno de la municipalidad. Las funciones de administrador municipal serán reglamentadas por el alcalde, con acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio del Concejo.

    Red Comunales intentó obtener respuesta de la Municipalidad de La Serena, vía correo electrónico a su jefe de Prensa, Juan Miranda (12:21) pero al momento de publicación de esta nota (14:07) no había respuesta.

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