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Tribunal Ambiental desestima reclamo vecinal por impacto ambiental del nuevo Hospital de La Serena

El Primer Tribunal Ambiental desestimó la reclamación de vecinos por el proyecto hospitalario. La resolución del SEA fue ratificada por ajustarse a derecho y respetar los plazos legales.

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|1 de septiembre de 2025|3 minutos de lecturaAgregar El Serenense
hospital la serena
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El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por tres vecinos contra la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Coquimbo, que había declarado inadmisible su solicitud de invalidación respecto de la resolución que eximió al proyecto del Hospital de La Serena de ingresar obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La sentencia del tribunal especializado concluyó que la solicitud fue presentada fuera del plazo legal de dos años. Como los reclamantes no participaron en el procedimiento de consulta de pertinencia, no correspondía notificarles personalmente, por lo que el cómputo del plazo se inicia desde la publicación del acto administrativo en el expediente electrónico del SEA, disponible públicamente en su sitio web, conforme a la jurisprudencia vigente.

El fallo ratificó que la resolución del SEA se ajusta a derecho, ya que los antecedentes presentados en la consulta de pertinencia fueron suficientes para descartar que el proyecto hospitalario se encuadre en las actividades que, según la Ley N° 19.300 y el Reglamento del SEIA, requieren evaluación ambiental previa.

Además, el tribunal precisó que las alegaciones sobre omisiones de información y posibles impactos ambientales exceden el alcance de una consulta de pertinencia. “Este procedimiento tiene como único propósito verificar si un proyecto debe ingresar obligatoriamente al SEIA según la información entregada por el titular. En este caso, los antecedentes fueron suficientes para descartar tal obligación respecto del Hospital de La Serena”, señaló el ministro presidente y redactor de la sentencia, Alamiro Alfaro Zepeda. Agregó que cualquier desviación en la ejecución del proyecto o entrega de información falsa podría constituir una elusión al sistema, lo que corresponde fiscalizar y eventualmente sancionar por la Superintendencia del Medio Ambiente y las autoridades sectoriales competentes.

Prevenciones

La sentencia incluyó prevenciones de la ministra Sandra Álvarez y del ministro Marcelo Hernández. Álvarez, aunque compartió el fallo, propuso oficiar al Ministerio de Obras Públicas y a la Subsecretaría de Redes Asistenciales para verificar el cumplimiento estricto de las condiciones establecidas en la concesión, especialmente en lo relativo a la ampliación aprobada durante la tramitación.

Por su parte, Hernández adhirió al fallo, pero subrayó la necesidad de exigir el cumplimiento riguroso de la normativa aplicable y de las condiciones impuestas al titular para obtener los permisos sectoriales correspondientes. También destacó la importancia de garantizar la participación e información a la comunidad, conforme al Acuerdo de Escazú.

La reclamación

Los vecinos reclamantes argumentaron que el plazo legal debía contarse desde que tomaron conocimiento del proyecto al iniciarse las obras. Alegaron que la consulta de pertinencia omitió información clave y subestimó impactos ambientales relevantes, como la gestión del material excavado, la calidad del aire, el tránsito de camiones y la afectación vial. También señalaron la ausencia de autorización municipal y modificaciones sustantivas en la superficie construida.

El proyecto hospitalario

El nuevo Hospital de La Serena será un recinto de alta complejidad, con nueve niveles (dos subterráneos, un zócalo y seis superiores), capacidad para 8.500 personas y 668 camas. Su construcción tomará aproximadamente cinco años y contempla una inversión de 258 millones de dólares. La operación será de carácter indefinido.

Causa R-117-2025

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