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Rechazan solicitud de defensa de militar de excluir a INDH y Municipalidad de La Serena como querellantes en su contra

Red Comunales

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El Juzgado de Garantía de La Serena rechazó la solicitud del abogado defensor Nicolás Oxman, en cuanto a excluir y declarar que cese la representación de los querellantes Instituto Nacional de Derechos Humanos y Municipalidad serenense; en la causa contra el capitán de Ejército Santiago Faúndez Sepúlveda, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de homicidio simple, homicidio frustrado y violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. Ilícitos que habría perpetrado en octubre de 2019.

En la audiencia de medidas cautelares se desestimó la solicitud por estimar que en ningún caso sus fundamentos dicen relación con lo señalado en el artículo 6° de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado que invocó el defensor.

Al resolver, la magistrada Oliva razonó que “son compatibles dentro del procedimiento la querella presentada por el Consejo de Defensa del Estado en razón, por ejemplo, de funcionario público del imputado; la querella de la Municipalidad, en razón de los intereses comunitarios a los cuales por su ley orgánica constitucional también tiene derecho a proteger ejerciendo acciones penales; y por otro lado el INDH, en virtud de la ley orgánica que le rige, también puede estimar que claramente dentro de la dinámica de los hechos se han ejecutado acciones que han vulnerado los derechos humanos. De manera tal que acá no se vislumbra de qué manera el CDE por el solo hecho de haberse declarado admisible su querella haga caer o haga cesar la representación o querellas presentadas por la Municipalidad de La Serena y el Instituto Nacional de Derechos Humanos”.

En la audiencia, el tribunal dio además por satisfecha la forma de llevar a efecto y el control de la medida cautelar de prohibición de comunicarse entre sí y con los coimputados, decretada el pasado 4 de abril a los efectivos del Ejército A.A.T.S., K.M.G.M. y S.M.J.A.G., sindicados por el Ministerio Público como autores del delito de obstrucción a la investigación.

Según lo expuesto por fiscalía, la unidad de regimiento notificó que en el momento que tomaron conocimiento de la medida cautelar, los imputados fueron separados de forma inmediata en diferentes compañías, por lo que desarrollan actividades en diferentes sectores del cuartel; y se dispuso además que no puedan participar de ninguna actividad social que se desarrolle dentro de la unidad, para lo cual el oficial de inteligencia, suboficiales de guardia, oficiales de guardia, comandante de compañía y comandante del batallón de infantería, se encuentran cumpliendo el rol de controladores de las disposiciones.

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