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Tesorería General de la República aclara sobre fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena y el crédito CAE
La Tesorería General de la República (TGR) salió al paso de recientes publicaciones de prensa que califican como un “precedente importante” el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, correspondiente al Rol 971-2026, que acogió un recurso de protección relacionado con una supuesta “doble vía de cobro” de una deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE).
A través de una aclaración pública, el organismo señaló que la resolución judicial aborda una materia que ya ha sido discutida anteriormente en tribunales a nivel nacional, por lo que, a su juicio, no constituye una nueva arista judicial respecto del sistema de cobro del CAE.
En el caso de la Corte de Apelaciones de La Serena, se han presentado 84 recursos, de los cuales 8 han sido fallados en contra de la Tesorería, según los antecedentes proporcionados por el organismo.
La Tesorería General de la República (TGR) salió al paso de recientes publicaciones de prensa que califican como un “precedente importante” el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, correspondiente al Rol 971-2026, que acogió un recurso de protección relacionado con una supuesta “doble vía de cobro” de una deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE).
A través de una aclaración pública, el organismo señaló que la resolución judicial aborda una materia que ya ha sido discutida anteriormente en tribunales a nivel nacional, por lo que, a su juicio, no constituye una nueva arista judicial respecto del sistema de cobro del CAE.
Según explicó la TGR, el fallo cuestiona la aparente existencia de una duplicidad de acciones debido a que el organismo habría iniciado un procedimiento de cobro administrativo respecto de una deuda que ya contaba con una demanda en sede civil.
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Sin embargo, Tesorería sostuvo que el argumento del supuesto “doble cobro” ha sido ampliamente debatido en tribunales del país y ha sido desestimado por la jurisprudencia mayoritaria, que ha fallado favorablemente a los intereses del Fisco.
TGR explica la secuencia del cobro del CAE
La institución enfatizó que el sistema de garantía estatal del CAE contempla una secuencia legal obligatoria.
De acuerdo con la explicación entregada por Tesorería, el cobro de la garantía estatal se genera únicamente después de que el banco acreedor ha iniciado acciones judiciales contra el deudor y agotado la vía civil correspondiente.
Si el banco no logra recuperar los recursos, se activa la garantía estatal. Una vez que el Estado paga dicha garantía con recursos públicos, la TGR debe iniciar las gestiones destinadas a recuperar esos fondos mediante sus procedimientos de cobro.
Por esta razón, el organismo plantea que la existencia de un juicio civil previo iniciado por el banco y un posterior procedimiento de cobro de la TGR forma parte de la secuencia establecida por la legislación, y no corresponde a dos cobros simultáneos por una misma obligación.
La Tesorería agregó que el pago efectuado por cualquiera de las vías —judicial o administrativa— extingue la obligación, por lo que, según su interpretación, no existiría un escenario en que se produzca un doble pago.
TGR destaca resultados de los recursos de protección
En su declaración, la institución también entregó cifras respecto de los recursos de protección relacionados con esta materia.
A nivel nacional, indicó que se han presentado 2.904 recursos de protección, de los cuales, a la fecha, la TGR cuenta con 1.028 fallos favorables.
En el caso de la Corte de Apelaciones de La Serena, se han presentado 84 recursos, de los cuales 8 han sido fallados en contra de la Tesorería, según los antecedentes proporcionados por el organismo.
Para la TGR, estas cifras respaldan su posición respecto de la legalidad de los procedimientos utilizados por el Fisco para recuperar los recursos asociados a las garantías estatales del CAE.
Tesorería apelará la resolución
Finalmente, la Tesorería General de la República informó que apelará la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, con el objetivo de que la resolución sea revisada por el máximo tribunal.
De esta manera, el organismo busca revertir el fallo y mantener su interpretación respecto de la aplicación de los procedimientos de cobro asociados a las garantías estatales del Crédito con Aval del Estado.
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