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Ley N° 21.595 regula la extracción de áridos

La Ley N° 21.595, que regula la extracción de áridos en cauces naturales y bienes nacionales de uso público, fija normas para la explotación de arena, ripio y grava en todo el país, incluyendo la comuna de La Serena y la conurbación con Coquimbo.

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La Ley N° 21.595, que regula la extracción de áridos en cauces naturales y bienes nacionales de uso público, fija normas para la explotación de arena, ripio y grava en todo el país, incluyendo la comuna de La Serena y la conurbación con Coquimbo.

La normativa establece que la extracción debe contar con autorización municipal y con informes técnicos de los organismos competentes, entre ellos la Dirección de Obras Hidráulicas y la Dirección General de Aguas, cuando corresponda. Además, contempla la evaluación de impactos sobre el cauce y la obligación de cumplir condiciones técnicas durante la ejecución de las faenas.

Alcance de la regulación

La ley dispone que:

Toda extracción en bienes nacionales de uso público requiere permiso.

Se deben presentar antecedentes técnicos que respalden la intervención.

Las municipalidades deben fiscalizar el cumplimiento de las condiciones autorizadas.

Los organismos sectoriales pueden emitir informes vinculantes según la naturaleza del proyecto.

También exige medidas de resguardo para evitar alteraciones en el lecho del río, las riberas y la infraestructura cercana.

Sanciones por incumplimiento

La Ley N° 21.595 incorpora disposiciones punitivas frente a extracciones no autorizadas o incumplimiento de condiciones establecidas. Entre ellas:

Multas económicas.

Paralización de faenas.

Revocación de permisos otorgados.

Responsabilidad administrativa para quienes infrinjan la normativa.

En casos de extracción ilegal, las autoridades pueden ordenar el cese inmediato de actividades y aplicar sanciones conforme al marco legal vigente.

Contexto en la conurbación

En la conurbación Coquimbo-La Serena, una búsqueda en registros comerciales y directorios públicos muestra la existencia de 16 oferentes de áridos que operan en el mercado local, abasteciendo obras de construcción, urbanización e infraestructura.

Los áridos son insumo para viviendas, pavimentación, equipamiento público y proyectos privados, por lo que su disponibilidad incide directamente en la actividad constructiva.

La Ley N° 21.595 regula esta actividad estableciendo requisitos técnicos y administrativos, junto con mecanismos de fiscalización y sanción, con el objetivo de que la extracción se realice dentro del marco legal vigente.
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