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SERNAC fiscaliza empresas de “Rent a Car” y recuerda derechos al arrendar vehículos

Con el propósito de verificar el estricto cumplimiento de la Ley del Consumidor (LPC), y considerando la alta demanda de este tipo de servicios durante la temporada estival, el SERNAC de Coquimbo fiscalizó a las empresas que ofrecen servicios de “Rent a Car”.

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Con el propósito de verificar el estricto cumplimiento de la Ley del Consumidor (LPC), y considerando la alta demanda de este tipo de servicios durante la temporada estival, el SERNAC de Coquimbo fiscalizó a las empresas que ofrecen servicios de “Rent a Car”.

A través de este proceso, el ente fiscalizador revisó si las empresas cumplen con una serie de exigencias establecidas en la norma, por ejemplo, si entregan en forma veraz y oportuna información de los servicios ofrecidos.

Específicamente, el organismo se desplegó en terreno para verificar si las empresas “Econorent” y “Salfa Rent”, de ciudad de La Serena, cumplen con informar correctamente las características relevantes de los servicios que ofrecen, junto con los costos de seguros asociados, las garantías y la política de combustible, entre otros aspectos.

Adicionalmente, el SERNAC fiscalizó que los locales informen correctamente los valores finales del servicio, los cuales deben estar indicados en forma permanente y en pesos chilenos, junto con revisar si existen cargos adicionales por servicios, como, por ejemplo, sillas de retención para bebés y la manera en que estos se informan a los consumidores.

También revisó si estos cuentan con todos los medios de pago permitidos en el país o si limitan a sólo el uso de tarjetas de crédito, impidiendo, por ejemplo, que el/la consumidor/a pueda arrendar pagando en efectivo.

Finalmente, se verificó si el local cuenta con identificación de la empresa y del jefe de local, entre otros aspectos.

Una vez que el Servicio analice los hallazgos, y en caso de detectar incumplimientos a la Ley del Consumidor, adoptará las acciones que estime conveniente para ir en defensa de las personas, las que pueden ir desde un oficio para que el proveedor ajuste su actuar o incluso denunciar el hecho ante los tribunales de justicia, en cuya instancia, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM por cada infracción, esto es, cada 21 millones de pesos.

El Director Regional (S) del SERNAC, Francisco Fuenzalida, destacó que “los derechos de la ley del consumidor no se van de vacaciones, por lo que estamos desplegados con el equipo fiscalizador para velar por el cumplimiento de los derechos de las personas consumidoras en esta época estival”.

CONSEJOS Y RECOMENDACIONES AL CONTRATAR 

Chile actualmente no posee una normativa específica que regule el mercado de los “Rent a Car”, pero la Ley del Consumidor (Ley 19.496) establece las directrices generales que deben cumplir todas las empresas que ofrecen productos y servicios en el país.

En este contexto, si va a contratar un servicio de “Rent a Car”, el SERNAC recomienda tomar en cuenta una serie de factores en las etapas previas de pre-contratación, durante y post-contratación.

Recomendaciones generales:

  • Cotice y compare los servicios, prestaciones, coberturas, precios y disponibilidad geográfica de las empresas de arriendo de vehículos.
  • Prefiera vehículos y empresas que cuenten con buenos estándares y equipamiento de seguridad e información de contratos claros y transparentes.
  • Si viaja con niños, recuerde el uso de sistemas de retención infantil. Consulte si la empresa tiene este servicio disponible en caso que no posea uno propio.

Antes de contratar

Lea detalladamente los términos y condiciones:

  • Debe contener información sobre las características principales del arriendo, como el kilometraje, la política de combustible, la política de cancelación y los requisitos de depósito, entre otros.
  • Los precios deben incluir todos los cargos al momento que el consumidor realiza la reserva, incluidos los costos adicionales, recargos por conductor y la ‘tarifa de ida’ (si el lugar de regreso difiere del lugar de recogida), entre otros.

Durante la contratación

Políticas de combustible:

Las políticas de combustible pueden diferir entre empresas, pero existen dos principales. Lo relevante es saber cuál de ellas es la que ofrece la empresa, la cual debe ser informada veraz y oportunamente al/la usuario/a:

  • Recoger lleno—devolver lleno: Es responsabilidad del consumidor rellenar el auto con el tipo de combustible correcto antes de devolverlo. Si el vehículo no se devuelve con el depósito lleno, el consumidor corre con los gastos de repostaje.
  • Recoger lleno — devolver vacío: No se pagarán reembolsos por combustible no utilizado.

Seguros:

Por ley, todos los vehículos de alquiler deben estar cubiertos por el seguro obligatorio que cubre daños a terceros. Este seguro debe estar incluido en el precio del arriendo.

También los consumidores pueden, si lo estiman conveniente, contratar un seguro opcional para cubrir otros riesgos, como lesiones al conductor, daños a su vehículo, robo de su vehículo o su contenido, vandalismo, entre otros. No obstante, si decide optar por un seguro adicional, antes de firmar el contrato, asegúrese de saber exactamente qué cubre.

Antes de partir:

Antes de salir del “Rent a Car”, asegúrese de que el auto esté en buenas condiciones. Recuerde que tanto los consumidores como la empresa deben inspeccionar todos los automóviles antes de iniciar el viaje. 

Si no hay ningún miembro del personal disponible en ese momento, usted debe exigirlo, pues de esta forma evitará cualquier problema a futuro. Se sugiere tomar fotografías de cualquier daño antes de salir de las instalaciones, a modo de respaldo.

Post contratación

Devolver a tiempo:

Al terminar el período de alquiler, asegúrese de devolver el auto a tiempo. Realice una última revisión minuciosa y recopile pruebas de que está devolviendo el vehículo sin daños y en el periodo/hora acordada.

Chequeo y aceptación de la empresa: 

Asegúrese de que un representante de la empresa firme un formulario de aceptación de entrega. Esto prueba que el auto ha sido devuelto en las mismas condiciones que usted lo recibió.

Combustible:

Asegúrese de cumplir con la política de combustible de la empresa. De lo contrario, es posible que deba pagar una multa o un recargo que no esperaba.

Accidente: 

En caso que sufra un accidente, anote los nombres y direcciones de todos los involucrados.

Luego, contacte a la empresa y explíquele la situación. El “Rent a Car” debe encargarse de la recuperación, reparación y sustitución del auto arrendado si es necesario, y tratar con la compañía de seguros. 

Si hay una disputa sobre quién es el responsable del accidente, también debe notificarlo inmediatamente a Carabineros.

Adicionalmente, y si es posible, recolecte evidencia, esto es, tome fotos y un video desde todos los ángulos del auto arrendado y los detalles de la escena. Estos verificadores pueden servir como prueba para la liquidación de los daños.


Para conocer más detalles de los derechos y las recomendaciones al momento de contratar servicios de “Rent a Car”, visitewww.sernac.cl/turismo

DÓNDE RECLAMAR

En caso de cualquier incumplimiento a sus derechos, las y los consumidores pueden reclamar ante el SERNAC ingresando al Portal del Consumidor en www.sernac.cl, llamando gratis al 800 700 100,o presencialmente en la oficina de laDirección Regional, ubicada en la calle Matta 461, piso 3, oficina 302, La Serena.

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