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Tres condenados por extorsiones en La Serena recibieron rebajas de pena: dos ya salieron de la cárcel
Los tres ciudadanos venezolanos habían sido sentenciados a cinco años y un día de presidio por robo con intimidación y porte ilegal de armas. Dos recuperaron su libertad en septiembre, luego de que el Ministerio de Justicia redujera sus condenas mediante decretos firmados durante el actual Gobierno.
Los tres ciudadanos venezolanos habían sido sentenciados a cinco años y un día de presidio por robo con intimidación y porte ilegal de armas. Dos recuperaron su libertad en septiembre, luego de que el Ministerio de Justicia redujera sus condenas mediante decretos firmados durante el actual Gobierno.
Una banda que en diciembre de 2021 intimidó y extorsionó a mujeres migrantes en La Serena volvió a la contingencia luego de que tres de sus integrantes recibieran rebajas de condena otorgadas por el Ministerio de Justicia. Dos de los beneficiados ya recuperaron su libertad, mientras que el tercero tiene fijado el término de su pena para marzo de 2027, según una investigación publicada por Interferencia.
Los hechos ocurrieron el 6 de diciembre de 2021, cuando cuatro ciudadanos venezolanos ingresaron a un inmueble de calle Cantournet, en La Serena, donde vivían siete mujeres venezolanas y una dominicana. De acuerdo con los antecedentes del caso, los sujetos las intimidaron con armas de fuego y exigieron pagos para permitirles continuar ejerciendo el comercio sexual.
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Según los testimonios recogidos durante la investigación, los hombres se presentaron como integrantes del denominado Tren de Aragua y pretendían cobrar $100 mil semanales a cada mujer. Sin embargo, su pertenencia a esa organización criminal no fue acreditada judicialmente.
La denuncia permitió que la Policía de Investigaciones (PDI) detuviera a los cuatro involucrados. Posteriormente, en agosto de 2022, el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena los condenó a cinco años y un día de presidio por robo con intimidación y porte ilegal de armas prohibidas y municiones. El delito de secuestro no fue imputado y tampoco hubo condenas por asociación ilícita.
Rebajas de condena y salida de la cárcel
De acuerdo con Interferencia, tres de los cuatro condenados recibieron reducciones de sus penas mediante decretos del Ministerio de Justicia, en el marco del criterio conocido como «Doctrina Rabat».
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Franyorkin Aramburu Hernández obtuvo una rebaja de nueve meses, mientras que Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi recibieron reducciones de tres meses cada uno.
Los decretos correspondientes a Aramburu y Marott fueron firmados por el ministro de Justicia, Fernando Rabat, el 6 de julio y el 4 de septiembre, respectivamente. El documento que benefició a Ollarves fue suscrito el 7 de septiembre por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, en calidad de ministro subrogante.
Antes de las rebajas, los cuatro debían cumplir sus condenas hasta el 8 de diciembre de 2026. Sin embargo, las reducciones adelantaron la fecha de término de las penas de Marott y Ollarves, quienes salieron del recinto penitenciario el 9 y el 10 de septiembre. En el caso de Aramburu, la nueva fecha de término quedó establecida para el 8 de marzo de 2027.
Antecedentes penitenciarios bajo cuestionamiento
La investigación periodística también dio cuenta de antecedentes disciplinarios de los condenados durante su permanencia en el Complejo Penitenciario de La Serena.
Según documentos revisados por Interferencia, Jhonder Ollarves acumuló al menos cinco causas por faltas al régimen penitenciario. En abril de 2024, además, fue sorprendido con un teléfono celular y un chip dentro del recinto, hecho por el que recibió una condena adicional de 41 días.
En tanto, a Franyorkin Aramburu la Comisión de Libertad Condicional le había rechazado una solicitud de salida anticipada en octubre de 2025. Pese a estos antecedentes, los tres obtuvieron la calificación de «comportamiento sobresaliente» requerida para acceder a las rebajas.
El argumento del Ministerio de Justicia
Los decretos justificaron los beneficios señalando que, si no se configuran las causales legales de exclusión, el Ministerio de Justicia no estaría facultado para rechazar una reducción de condena por la gravedad del delito o por el bien jurídico afectado.
La cartera también invocó jurisprudencia de la Corte Suprema para sostener que debe otorgar el beneficio cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley.
El caso adquiere relevancia adicional por la política de expulsiones de extranjeros condenados por delitos. Según Interferencia, los decretos que beneficiaron a los tres hombres fueron emitidos después de que Chile y Venezuela restablecieran sus relaciones diplomáticas, el 30 de julio de 2026.
El medio plantea que el Gobierno pudo haber evaluado una coordinación entre Justicia, Interior y Relaciones Exteriores para explorar alternativas que evitaran la salida anticipada de los condenados y permitieran avanzar en una eventual expulsión.
No obstante, la publicación señala que las expulsiones todavía enfrentaban dificultades administrativas, debido a que los consulados de ambos países aún no estaban operativos en Santiago y Caracas.
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